Palestra Aguascalientes

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Arresto de 36 Horas o Multa de mil 634 Pesos a los que Ensucien Drenajes

18 mayo 2010

Por Rafael Araiza Mora

Por unanimidad de votos, el Cabildo de Aguascalientes aprobó otorgar hasta un 40 por ciento de descuento sobre las contribuciones que se adeuden y que hayan sido generadas durante los años 2008 y 2009 exclusivamente, con motivo de las actividades realizadas durante la Feria Nacional de San Marcos en dichos años, ya que la cartera vencida asciende a un total de un millón 52 mil 666 pesos.

En la misma sesión por mayoría de votos, se aprobó la iniciativa del Decreto por el que se modifican los artículos 340 y 341 del Código Municipal de Aguascalientes, que presenta la Comisión Permanente de Agua Potable y Saneamiento de la siguiente manera:

Artículo 340: Son faltas contra la propiedad pública y se sancionarán con arresto hasta por treinta y seis horas, o multa de tres a treinta días de Salario Mínimo General Vigente en el Estado: Instalar en forma no autorizada conexiones a cualquiera de las instalaciones del sistema de redes de agua potable y alcantarillado municipal. Destinar el agua potable de uso domestico a otro no autorizado.

Artículo 341: Son faltas contra la salubridad y el ornato público y se sancionarán con arresto de hasta treinta y seis horas, o multa de tres a treinta días de Salario Mínimo General Vigente en el Estado: Arrojar a los drenajes basura, escombros, desechos materiales, sustancias tóxicas, lodos y productos de los tratamientos de aguas residuales que contaminen o puedan obstruir su funcionamiento.

Se adiciona una Fracción al mismo Artículo: Descargar aguas residuales contaminantes, contrarias al permiso otorgado por la autoridad municipal correspondiente.

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