ÚLTIMA HORA
14 abril 2011
Vigilará a Hoteles, Restaurantes, Balnearios, Discotecas, Agencias de Viajes y Arrendadoras de Vehículos
La Profeco instrumentará el Programa de Verificación para vigilar los términos y condiciones de las transacciones comercial en esta Semana Santa.
El delegado de la PROFECO, Mario Alberto Álvarez Michaus informa que el objetivo del programa es la protección de los derechos y la economía de los consumidores, vigilando que los proveedores de productos y prestadores de servicios ajusten su comportamiento comercial a la Ley Federal de Protección al Consumidor.
En este marco se vigilarán los productos y servicios que se expendan, a fin de que cumplan las normas oficiales mexicanas y que sus instrumentos de medición, como son básculas y relojes registradores de tiempo, estén ajustados y calibrados, entregando y registrando las cantidades y tiempos por lo que paga el consumidor.
Así, del 12 al 25 de abril de 2011, Profeco instrumentará a nivel nacional el Programa de Verificación de Semana Santa, en giros comerciales como hoteles, restaurantes, balnearios, discotecas, agencias de viajes y arrendadores de vehículos.
Con ello los verificadores constatarán que se exhiban precios y tarifas –montos totales por pagar-, que se cumplan las promociones de productos y servicios anunciados en esta temporada, que se respeten las reservaciones y los paquetes o planes “Todo incluido”, y que no se cometan prácticas como la discriminación, negativa o condicionamiento de venta o prestación de servicios.
En materia de normas oficiales mexicanas, se verificará que productos como juguetes inflables, trajes de baño, shorts, toallas, gorras, bloqueadores solares, bebidas alcohólicas, etc., cumplan los requisitos de información comercial y seguridad.
Respecto de los instrumentos de medición, como las básculas para el equipaje en aeropuertos y central de autobuses, los relojes registradores de los estacionamientos, se vigilará que estén a la vista de los consumidores y debidamente ajustados y calibrados.
Profeco pone a disposición el Teléfono del Consumidor 01800.468.8722 para denunciar en cualquier momento las prácticas abusivas llevadas a cabo por parte de los proveedores.
Al tomar el autobús para viajar, se tienen derechos que las compañías deben respetar:
Tarifas:
Los precios y horarios de las principales corridas y categorías deben de exhibirse a la vista del consumidor con caracteres legibles. Una vez efectuada la compra, el proveedor deberá entregarte un boleto que contenga razón clase social, clase de servicio, origen, destino, precio, fecha de viaje y número de asiento.
Descuentos:
Las compañías de autotransporte para pasajeros tienen la obligación de aplicar los siguientes descuentos: 50% a los adultos mayores. 25% y 50% a 2 maestros y 8 estudiantes por autobús, durante la temporada de las vacaciones aprobadas por la SEP.
Viaje Seguro:
Toda compañía de autotransporte federal de pasajeros tiene la obligación de contar con un seguro que cubra los daños que puedan sufrir los pasajeros, el cual debe de amparar los gastos médicos y la indemnización por muerte en caso de accidentes. Además debe responder por la pérdida o daños que sufra el equipaje de pasajeros, siempre y cuando éstos conserven su boleto y/o comprobante del equipaje.
Cuando si se vale el no:
Se podrá prohibir el abordaje a cualquier pasajero que se encuentre en estado de ebriedad o bajo influencia de drogas o enervantes; o que porte explosivos, sustancias peligrosas, armas sin permiso respectivo y, en general, cualquier otro elemento que constituya un riesgo para los demás viajeros.
Tus derechos al Viajar en Avión
Al momento de adquirir un boleto de avión tienes derecho a:
•Ser transportado hasta tu destino por los medios de transporte más rápidos disponibles en el lugar, en caso de que el avión deba de aterrizar en un lugar que no está incluido en el itinerario.
•Llevar dos piezas de equipaje de mano a bordo.
•Transportar como mínimo 25 kg de equipaje.
•Pagar hasta 40 y 70 salarios mínimos por destrucción o pérdida del equipaje y documentos respectivamente.
•Transportarte en el primer vuelo disponible y prestarte como mínimo y sin cargo, los servicios de comunicación telefónica al punto de destino, alimentos de conformidad con el tiempo de espera y hospedaje si se requiere pernoctar, en caso de sobreventa del vuelo.
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