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Podría Salir Libre el Sujeto que Contactaba a Menores de Edad por Facebook y Luego las Violaba

6 marzo 2014

HINOJO-ALONSO

Francisco Javier Hinojo Alonso Video Grababa las Violaciones y Posteriormente las Chantajeaba

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) otorgó un amparo a un presunto pederasta en el estado de Aguascalientes. El fallo concedido a favor de quien también enfrenta cargos por corrupción de menores y pornografía infantil se concedió en contra del arraigo que sufrió el procesado, luego de que sus víctimas lo denunciaron ante las autoridades ministeriales del estado, las cuales solicitaron el arraigo para recabar pruebas en su contra y proceder penalmente.

La determinación de los ministros no significa la libertad inmediata del acusado, quien poseía correos electrónicos amenazantes contra sus víctimas, así como videos y fotos en situaciones sexuales con las que chantajeó presuntamente a sus víctimas enganchadas con la promesa de convertirlas en modelos o artistas.

Luego de que la semana pasada el pleno de ministros declaró inconstitucional el arraigo a nivel estatal y de que la medida cautelar decretada contra el presunto pederasta se basó en el artículo 291 de la legislación penal de Aguascalientes, declarado inconstitucional por determinación de la Corte, fue que este martes los ministros otorgaron el amparo al considerar que la autoridad judicial que lo autorizó carecía de competencia y fundamento legal para emitirlo.

Inmediatamente después de haberse votado el amparo por unanimidad, el ministro ponente José Ramón Cossío expresó que el paso siguiente en el asunto es analizar la validez de cada una de las pruebas obtenidas con motivo del arraigo.

El objetivo del análisis es el que cesen los efectos de la violación cometida a los derechos humanos del procesado por haber sido sometido a un arraigo inconstitucional.

Al respecto, Cossío Díaz dejó entrever que de 82 pruebas existentes en el expediente, «las menos» serán declaradas ilegales por encontrarse directamente relacionadas con la medida del arraigo.

No todo lo que aconteció en términos probatorios durante el tiempo del arraigo evidentemente va a caer, no todo eso va a estar invalidado; como lo discutíamos en la acción de inconstitucionalidad, no quiere decir que acciones tomadas por las autoridades, cualquiera que estas fueren con motivo o dentro del arraigo, perdieron su valor probatorio», destacó en su exposición.

Por ese motivo, solicitó al pleno posponer para el próximo jueves de esta semana en análisis de cada una de las pruebas relacionadas con el asunto.

«En lo que hemos estado analizando, identificamos 82 pruebas; de estas 82 pruebas hay algunas que desde luego se dieron en el tiempo del arraigo, pero que van a subsistir desde nuestra perspectiva por el hecho de que no son o no están en relación directa con el arraigo mismo, sino que excedieron el tiempo», indicó.

“Yo quisiera pedirle, señor presidente, si me permitieran que esta misma tarde les hiciera una propuesta de cuáles son las pruebas que a juicio nuestro pueden subsistir, cuáles son las pruebas ?las menos? que a juicio nuestro deben perder su valor probatorio en este mismo sentido, para que en términos de los efectos de la decisión lo discutamos el jueves”, apuntó el ministro.

Supremo Tribunal de Justicia ya que a su consideración Francisco Javier había cometido otros delitos y exigía que fuera procesado por todos ellos.

El expediente fue turnado a los magistrados del STJ, que lo estudiaron y determinaron que efectivamente el acusado incurrió en los delitos de violación, corrupción de menores, abuso sexual y atentados al pudor, por los que también les dictó el auto de formal prisión, con lo que será enjuiciado por los cuatro.

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