ÚLTIMA HORA
26 agosto 2015
Por Mario Mora Legaspi
Aunque ahora el matrimonio entre personas del mismo sexo pueda ser legal, no deja de ser inmoral, sostuvo el obispo José María de la Torre Martín, quien subrayó que la Iglesia siempre se opondrá a este tipo de enlaces, lo mismo que a los casos de adopción, debido a que no es correcto.
Si bien las personas que lo hacen incurren en un pecado, no serán excomulgadas, como el caso de las dos jóvenes mujeres que hace unos días se unieron en matrimonio por la vía civil en Aguascalientes, toda vez que la Iglesia Católica está conformada por personas de todas las clases, “sean de chile, sal, dulce o manteca”. Dijo que respeta la decisión de estas muchachas, pero no la comparte ni muchos menos la aprueba.
En rueda informativa, a pregunta expresa, el Pastor Diocesano dijo que es necesario e importante distinguir legalidad de moralidad, puesto que muchas medidas, disposiciones o acciones pueden ser legales, pero son inmorales. La legalidad debe ser la premisa fundamental de toda conducta ciudadana.
La fe en Dios debe ponerse por encima de cualquier otro interés mundano, de tal suerte que quienes son creyentes deben cumplir cabalmente con los mandatos divinos y el Evangelio de Jesucristo. Además, debemos subrayar que no es la ley la que debe regir nuestra conducta, sino nuestra conciencia.
Monseñor De la Torre Martín subrayó que con todo respeto debe decir a las contrayentes que su matrimonio civil es legal, pero se aparta de la moralidad. “Si son creyentes deben saber que viven en una situación de pecado y también deben saber que hicieron mal”, sostuvo.
Puso en claro que no se contemplan castigos ni sanciones para las personas del mismo sexo que decidan contraer matrimonio, tampoco estarán excomulgadas, pero “no pueden recibir el sacramento ni mucho menos la absolución por su pecado, por lo que lo más prudente es que hagan oración y escuchen la palabra de Dios, porque la misericordia borra todos los pecados”.
Subrayó la postura asumida por la Conferencia del Episcopado Mexicano, en el sentido que “los obispos, respetuosos de las instituciones y de las diversas formas de pensar y vivir, ejerciendo nuestro derecho a la libertad de expresión, reiteramos nuestra convicción, basada en razones científicas, sociales y religiosas, que la familia, célula de la sociedad, se funda en el matrimonio de un hombre con una mujer, que por su capacidad procreativa garantizan la supervivencia de la sociedad. De ahí que, por ser de eminente interés social, el derecho civil confiera a esta unión un reconocimiento institucional, que el Estado ha de promover y tutelar para el bien común”.
La discriminación es una distinción injustificada, que en este caso no se da, ya que el matrimonio siempre ha sido entre personas de diferente sexo, hombre y mujer. No corresponde al Estado crear nuevas formas de matrimonio, porque ya no sería matrimonio, sino otro tipo de unión.
En el caso que nos ocupa, sí se justifica la distinción, como la hay, por ejemplo, al impedir el voto a un menor de edad o a un extranjero, ya que no atenta a sus derechos políticos, sino salvaguarda la Nación. Si bien valoramos que nadie deba ser objeto de discriminación, tal como lo consigna el Artículo Primero Constitucional, esto no significa que deba modificarse la esencia del matrimonio, ni que se olvide el espíritu del Constituyente que en el Artículo Cuarto, primer párrafo de la propia Ley Fundamental reconoce la igualdad del varón y la mujer y establece el deber legal de proteger el desarrollo y organización de la familia.
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