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Advierte STJE de Imprecisiones en el Nuevo Código Penal Oral

8 agosto 2014

CODIGO-PENAL

Por Mario Mora Legaspi

El magistrado presidente del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, Juan Manuel Ponce Sánchez, se refirió al Código Nacional de Procedimientos Penales como una pieza legislativa perfectible e inacabada, que establece conceptos que contarán incluso con criterios establecidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación desde hace tiempo.

Al participar en el Foro que organizó el Poder Judicial en coordinación con la Comisión Nacional de Tribunales Superiores de Justicia (CONATRIB), al abordar los temas relativos a la deliberación, fallo y sentencia, donde realizó una amplia exposición con análisis crítico, puntualizó que el Código -que aún no entra en vigor en la entidad-, adolece de imprecisiones jurídicas que inquietan, y que será sobre la marcha, cuando se tendrá que solventar con resoluciones de la Corte o con reformas legislativas.

Así las cosas, expuso que contra el criterio establecido por la SCJN, en el sentido que debe castigarse el hecho delictivo y no al procesado, el Código Nacional de Procedimientos Penales establece que para la individualización de la pena, deberá atenderse, para determinar el grado de culpabilidad, cuestiones personales del procesado, tales como nivel de educación, edad, costumbres, condiciones sociales y culturales, entre otras situaciones, que no deben ser ya consideradas, según el máximo Tribunal de la Nación.

Por otra parte y al referirse a los mecanismos de defensa como son los recursos que podrán interponer el imputado y su abogado, en el nuevo sistema de oralidad penal, el Titular del Poder Judicial del Estado se quedó corto y no los estableció como orales, sino por escrito, por lo que con base en el principio de inmediación que debe de privar en el proceso de oralidad penal, que consiste en que el Juez tiene que estar directamente en la audiencia, no podrá resolver un magistrado sobre un recurso apoyado en el actuar del Juez que no haya presenciado y le conste directamente, por lo que al resolverse el recurso, se determinará la reposición de todo el proceso, al parecer así debe entenderse.

En el mismo sentido de los recursos, el también Presidente del Consejo de la Judicatura refirió que contrario a la práctica común de que los recursos normalmente versan, en todas las materias en torno a la inadecuada valoración de las pruebas por parte del Juez, el CNPP establece que no podrá interponer recursos contra resoluciones que se refieran a la valoración de la pruebas, lo que constituye por sí sola, un menoscabo a los derechos del procesado, y un serio problema a la vista.

El especialista penal criticó que no haya sido aprobada a la par del Código, la legislación ética sobre penas y medidas de seguridad, situación que se deja a cada uno de los estados, con sus propia leyes locales, a lo que señaló que si ya se estableció el Código Nacional, su complemento era por obvio esa legislación, para redondear el marco jurídico, para lo que previó que en corto tiempo, seguramente estarán los legisladores aprobando tal vez tarde esa ley por separado.

Ponce Muñoz abordó parcialmente el nuevo Código, entre mil botones de muestra, según dijo él mismo.

Por último, en la clausura del Foro, agradeció personal del Poder Judicial, de la Procuraduría General de Justicia del Estado, de la Defensoría de Oficio, de la Policía Estatal, entre otros operadores del nuevo sistema penal, su participación, pues hacen visible su compromiso con el estudio y difusión de las normas que han de observarse en la investigación, el procesamiento y sanción de los delitos, a través del debate amplio y profundo, que, aseguró el funcionario, “generará conclusiones novedosas sobre el contenido del Código”.

Remarcó que la celebración del Foro atiende a la exigencia de iniciar el próximo 7 de noviembre con el nuevo sistema de justicia penal en el Tercer Partido Judicial con jurisdicción en los municipios de Pabellón de Arteaga, Asientos, San José de Gracia y San Francisco de los Romo.

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