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La SSPM Liquidó Conforme a la ley a 50 Malos Policías que Despidió

8 febrero 2010

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“Al Tener la Evidencia Palpable del mal Accionar de Algún Elemento y Para no Estar en Riesgo de que Contamine al Resto de los Policías, se Decide por Echarlo a la Calle de Inmediato”

La Secretaría de Seguridad Pública y Tránsito Municipal no tiene ningún pago pendiente por concepto de liquidación de elementos dados de baja, toda vez que desde el año anterior se liquidaron aproximadamente 50 asuntos de este tipo que tuvieron resolución de sentencia en el Tribunal de lo Contencioso Administrativo.

Se informó que la mayoría de esos juicios fueron contrarios a la Secretaría y la Presidencia Municipal debido a que independientemente del motivo, los elementos policíacos fueron despedidos y por lo mismo, el patrón está en la obligación de pagar liquidación.

Pero se afirmó, no hay ninguna demanda pendiente de liquidación, pues todas las sentencias emitidas por el Tribunal de lo Contencioso Administrativo en que se condenó a la SSPyTM a pagar, están resueltas al cubrir a los elementos despedidos sus correspondientes pagos.

No obstante, quedó establecido que el área jurídica de la Secretaría de Seguridad Pública hace del conocimiento del titular de la misma los caminos que pueden seguir para sacar a los malos elementos de la corporación, uno de ellos a través de la Comisión de Honor y Justicia, a la que se presentan los argumentos y pruebas que se tienen para despedir a algún policía y para que en caso de proceder no se cubra ninguna liquidación.

Pero también existe el procedimiento del despido fulminante, en donde la Secretaría, al tener la evidencia palpable del mal accionar de algún elemento y para no estar en riesgo de que contamine al resto de los policías, se decide por echarlo a la calle de inmediato, lo que conlleva el riesgo de que se presente una demanda y se pierda condenando a la dependencia a pagar indemnización de acuerdo con la Ley.

Este fue el caso de los aproximadamente 50 asuntos que se resolvieron durante el año anterior, en donde el despido fue fulminante y los malos elementos demandaron. De acuerdo con la Ley tuvieron que ser indemnizados.

Lo anterior, se recalcó, nada tiene que ver con incapacidad jurídica ni en la Secretaría de Seguridad Pública y Tránsito Municipal, como tampoco en el Municipio.

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