ÚLTIMA HORA
31 marzo 2011
El Juez Quinto de lo Penal, dictó formal prisión en contra de Julio Cesar García Maldonado de 28 años de edad por el delito de homicidio doloso calificado con ventaja, traición cuando la victima es menor de 15 años de edad y cuando la victima es incapaz sujeta a patria potestad.
Por su parte a Susana Chávez Macías y quienes habita en el número 233-3 de la calle Cultura Yumana en el fraccionamiento Mirador de las Culturas le será iniciado el juicio penal número 46/11, por la comisión del delito de homicidio doloso calificado con ventaja, traición; cuando la victima es menor de 15 años de edad; cuando el responsable tiene el carácter de ascendiente y cuando la victima es incapaz sujeto a patria en agravio del menor Jaime Antonio Chávez Macías de 1 año 11 meses de edad.
El deceso del menor quedo al descubierto alrededor de las 12:00 horas del pasado día 22 de marzo del año en curso, debido a que en la guardia de agentes de la Policía Ministerial se recibió un reporte en el cual se informaba que en el inmueble en mención se hallaba el cuerpo sin vida del menor occiso.
A su arribo al lugar, los agentes investigadores se percataron de la presencia de personal del ISEA, con quienes se entrevistaron en un primer momento; informando éstos que a las 11:47 horas arribaron a la finca y fueron recibidos por Susana Chávez Macias quien dijo ser la madre del infante quien les informó que el menor había caído en paro. De inmediato los paramédicos se dieron a la tarea de brindarle los primeros auxilios al niño pero este ya no presentaba signos vitales.
Al revisar los paramédicos al menor occiso, detectaron que éste presentaba huellas varias lesiones en el rostro y una seria herida en la cabeza, motivo por el cual decidieron reportar la situación a la central de radio y solicitar la presencia del Agente del Ministerio Público.
Una vez que los Julio Cesar García Maldonado y Susana Chávez Macías de 27 años de edad fueron puestos a disposición del Representante Social, los agentes se dieron a la tarea de entrevistarse con Chávez Macias quien manifestó que desde hace un mes comenzó a vivir en unión libre con Julio Cesar; quien desde el inició de su relación comenzó a golpear al menor occiso cada vez que este lloraba. Siendo la última ocasión el día de hoy a las 12:30; hora en el cual se encontraban en el interior de su vivienda cuando en determinado momento escucho que su hijo comenzó a llorar al tiempo que Julio le gritaba que se callara, propinándole un fuerte golpe en el rostro para luego tomarlo de los cabellos y lanzarlo contra uno de los sillones de la sala; sufriendo por ende un fuerte golpe en la cabeza el menor quien comienza convulsionarse durante media hora.
Ante tal situación García Maldonado se asustó y e intenta reanimar a Jaime pero como éste no reaccionó deciden llamar a los servicios de emergencia; señalando Susana que ella en algunas ocasiones golpeó a su vástago a petición de Julio Cesar a quien consentía debido a que temía que éste la fuera a abandonar.
Por su parte Julio Cesar García Maldonado “El Negro”, comentó a los corporativos que él menor occiso era su hijastro y que uno de los problemas que tenía con la madre del menor se debida a que éste siempre quería estar con ella y al no verla comenzaba a llorar sin motivo aparente. Aceptando que en varias ocasiones golpeo al infante con el puño cerrado.
Indicó que el pasado día 15 de marzo acudieron a la casa de la madre de Susana y la progenitora de ésta les reclamo él porque el niño se hallaba golpeado, a lo que Chávez Macias le respondió que el menor se había caído. Ya de regresó a su vivienda se dispusieron a descansa pero el menor comenzó a llorar si motivo aparente, acercándose Julio Cesar en ese momento al niño y con la mano derecha propinarle dos golpes en sus área genital, ocasionando con ello un desprendimiento del prepucio.
A partir de ese día las agresiones al infante se hicieron mas constantes y el día de hoy alrededor de las 12:00 horas Jaime comenzó a llorar porque quería que Susana lo amamantara; situación que le molestó lanzándole un golpe con la mano derecha en la espalda al tiempo que lo jalaba de lo cabellos y lo levantaba sentándolo en el sillón fue en ese momento que el menor se desvaneció notando que sus brazos se engarrotaban, por lo que optó por acostarlo en el piso para darle respiración boca a boca; comprimiéndole el pecho y el estomago; observando en ese instante que el niño arrojaba un liquido café por su boca.
Debido a que el infante no reaccionaba Susana opto por llamar a una ambulancia; arribando la unidad de emergencia diez minutos después; siendo informados por los paramédicos que el menor había fallecido al tiempo que llegaban lugar los policías quienes los trasladaron a ésta Corporación.
Una vez que le fue practicada la necropsia de ley al infante, se estableció que su fallecimiento se debió a un traumatismo de cráneo, situación por la cual el Representante Social reúne los elemento probatorios para ejercitar acción penal en contra de los probables acusados; originando con ello que el Magistrado decretara auto de formal prisión en su contra; debiendo permanecer los procesados en el respectivo centro de reeducación hasta que concluya en juicio.
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