ÚLTIMA HORA
28 diciembre 2010
La delegación en Aguascalientes de la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) invita a los proveedores a registrar su contrato de adhesión. Este documento se elabora unilateralmente por el proveedor, para establecer los términos y condiciones aplicables a la adquisición de un producto o a la prestación de un servicio.
Todo contrato de adhesión celebrado en territorio nacional, para su validez, deberá estar escrito en idioma español y sus caracteres deberán ser legibles a simple vista. Además no podrán implicar prestaciones desproporcionadas a cargo de los consumidores, obligaciones inequitativas o abusivas, o cualquier otra cláusula o texto que viole las disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor.
Este contrato es obligatorio para negocios como:
• Lavanderías.
• Reparación y Mantenimiento de vehículos.
• Eventos Sociales.
• Arrendamiento de vehículos.
• Paquetes de Graduación
• Tintorerías.
• Servicios Funerarios.
• Comercialización de Muebles en Línea y sobre Medida.
• Servicios de Muto con Interés y Garantía Prendaria.
• Inmobiliarias.
• Etc.
Para su registro Profeco cuenta con el Registro Público de Contratos de Adhesión en el queotorga su inscripción en dicho registro con previo análisis de los contratos de adhesión que le son presentados por los proveedores.
El registro de modelos de contratos de adhesión que de manera obligatoria deberán llevar a cabo los proveedores ante la Procuraduría Federal del Consumidor (ya sea de manera personal o en línea en www.profeco.gob.mx ), cuando así lo establezca la Ley Federal de Protección al Consumidor, una Norma Oficial Mexicana o cualquier otro ordenamiento legal aplicable.
No serán válidas y se tendrán por no puestas las siguientes cláusulas de los contratos de adhesión ni se inscribirán en el registro cuando:
I. Permitan al proveedor modificar unilateralmente el contenido del contrato, o sustraerse unilateralmente de sus obligaciones;
II. Liberen al proveedor de su responsabilidad civil, excepto cuando el consumidor incumpla el contrato;
III. Trasladen al consumidor o a un tercero que no sea parte del contrato de la responsabilidad civil del proveedor;
IV. Prevengan términos de prescripción inferiores a los legales;
V. Prescriban el cumplimiento de ciertas formalidades para la procedencia de las acciones que se promuevan.
Las sanciones por no tener Contrato de Adhesión podrán ser entre los 300 pesos y los 960 mil pesos.
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