ÚLTIMA HORA
9 noviembre 2013
Por Mario Mora Legaspi
El pleno de la Sala Administrativa y Electoral del Poder Judicial del Estado resolvió este miércoles 7 de noviembre el último expediente electoral relacionado con el pasado proceso comicial local. El acuerdo fue en el sentido de confirmar el triunfo de la coalición conformada por el PAN y el PRD en la elección de Ayuntamiento en el municipio de Calvillo y por tanto rechazar el recurso de nulidad presentado por el Partido Revolucionario Institucional.
En sesión celebrada por los integrantes del pleno de la Sala Administrativa y Electoral del Poder Judicial, magistrados Enrique Franco Muñoz, Rigoberto Alonso Delgado y Alfonso Román Quiroz, en esta fecha, se dictó sentencia dentro del toca electoral SAE-RN-0057/2013 relativo al recurso de nulidad interpuesto por el PRI.
Los Magistrados resolvieron dicho recurso de nulidad referente a la impugnación planteada por el Partido Revolucionario Institucional, organismo político que impugnaba el resultado del cómputo final, la declaración la validez de la elección y la subsecuente constancia de mayoría en el Ayuntamiento de Calvillo.
El recurrente solicitó la nulidad de la votación en diferentes casillas del municipio de Calvillo, manifestando que ocurrieron diversos actos de proselitismo el día de la jornada electoral, hechos e irregularidades que influenciaban la obtención del voto por parte del PAN y la Coalición “Unidos por Ti”, aportando para tal efecto las pruebas con las que pretendía obtener dicha nulidad en las casillas señaladas.
Ante ello, los Magistrados determinaron declarar parcialmente fundados los agravios expresados por el recurrente y con motivo de ellos se realizó la recomposición del cómputo municipal de la elección de Ayuntamiento del Municipio de Calvillo, confirmándose de todas maneras el triunfó de la planilla postulada por la coalición conformada por los partidos Acción Nacional y de la Revolución Democrática en el proceso electoral 2012-2013 y por tanto la validez de la elección en el multicitado municipio de Calvillo.
Lo anterior, tomando en cuenta que, en caso de desacuerdo con la sentencia dictada, le queda al recurrente la posibilidad de acudir a la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación con sede en la ciudad de Monterrey, Nuevo León, a manifestar su inconformidad.
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